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BENEFICIARIO CONTROLADOR

Derivado de las reformas al Código Fiscal de la Federación, a partir del 1 de enero de 2022 se crea una NUEVA OBLIGACIÓN EN MATERIA FISCAL para todas las personas morales (sociedades o asociaciones), fiduciarias, fideicomitentes, fideicomisarios, partes contratantes o integrantes en el caso de cualquier otra figura jurídica (A en P, condominios, etc.), consistente en obtener y conservar como parte de su contabilidad, la INFORMACIÓN y DOCUMENTACIÓN fidedigna y completa que sirva de sustento, de sus BENEFICIARIOS CONTROLADORES.

En el proceso de obtención de la información de los BENEFICIARIOS CONTROLADORES, la persona moral está obligada a:

  • a) Identificar, verificar y validar la información de éstos, señalando el porcentaje de participación en el capital social de la persona moral.
  • b) Mantener actualizada la información de sus BENEFICIARIOS CONTROLADORES, cuando haya modificaciones en la identidad o participación de los mismos, debiendo actualizar dicho cambio dentro de los 15 días naturales siguientes al suceso.
  • c) Implementar procedimientos de control internos, razonables y necesarios, debidamente documentados para la obtención, conservación y actualización de la información sobre la identificación de sus BENEFICIARIOS CONTROLADORES.
  • d) Mantener disponible y proporcionar a la autoridad fiscal mexicana (SAT) cuando se le requiera la información y documentación de los BENEFICIARIOS CONTROLADORES, incluso a las autoridades fiscales extranjeras, previa solicitud y existiendo tratado internacional vigente con México. Así mismo, dicha información deberá ser proporcionada a Fedatarios Públicos (Notarios Públicos y Corredores Públicos), para la celebración y formalización de ciertos actos jurídicos.

El incumplimiento de dichas obligaciones podrá ocasionar que la persona moral sea sancionada con multas que van desde los $500,000.00 pesos a los $2’000,000.00 de pesos, por cada BENEFICIARIO CONTROLADOR de la persona moral y por cada infracción que se trate.

En GL Abogados hemos desarrollado la metodología y documentos para dar cumplimiento a dicha obligación. Si le interesa que lo apoyemos en el acompañamiento y asesoría para la implementación y el cumplimiento de dichas obligaciones, por favor infórmenos y con gusto podemos prepararle una cotización específica para dichos servicios.

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